sábado, 23 de abril de 2016

PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS: DERECHO ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR

Alumno: María Alejandra Velasco Valero

Asignatura: Derecho Aduanero y Comercio Exterior

Asesor: Graciela Cuetlach Cuautle

Licenciatura en Derecho

UPAEP Online

INTRODUCCIÓN



El Derecho Aduanero es el conjunto de normas jurídicas que por medio de facultades delegadas aplican las autoridades aduaneras a fin de ejercer control, manejo, almacenaje y custodia de los bienes que entran y salen del país, incluido el estatutos de los medios en que son transportados y los tráficos que son elegidos para su traslado, así como el régimen aduanero, previendo las conductas infractoras, sus correspondientes sanciones y los medios ordinarios de defensa que se pueden interponer frente a los actos de las autoridades de aduanas.



El Derecho Aduanero pertenece al Derecho Público, y es por medio de un ente administrativo, al cual se le denomina aduana, que se reglamentan las conductas de los individuos involucrados: Importadores, exportadores, propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualquiera otra persona que pudiera intervenir en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos que deriven de lo que se conoce como despacho aduanal.



Es importante que no perdamos de vista que el Derecho Aduanero da paso al Derecho Tributario Aduanero, definido como la rama del Derecho Tributario que estudia las normas legales y reglamentarias que regulan el paso de mercancías por fronteras aduaneras, la relación jurídica tributaria generada por dicho paso y, en general, todas las materias vinculadas con la técnica aduanera y los factores económicos por ella afectados.

SISTEMA ADUANERO Y DESPACHO ADUANERO (Casos Prácticos)

DESPACHO ADUANERO DE LAS MERCANCÍAS

Mapa Mental creado con GoConqr por Alejandra Velasc7059

REGÍMENES ADUANEROS

VALORACIÓN ADUANERA

PROGRAMAS DE FOMENTO

DELITO DE CONTRABANDO

GLOSARIO LEY DE COMERCIO EXTERIOR

CRUCIGRAMA DE LEY DE COMERCIO EXTERIOR

Crucigrama Ley del Comercio Ex

CONCLUSIÓN



El Comercio es una actividad económica que siempre ha estado presente en la vida del ser humano, de ahí su importancia no sólo para las personas sino para la economía de los Estados a los que estas pertenecen.


El Comercio se define como la negociación que se hace al comprar o vender géneros o mercancías, es decir, constituye el intercambio de bienes y servicios para atender la demanda de los individuos en función de la satisfacción de una necesidad.


El intercambio de bienes y servicios es tan antiguo como la humanidad. Existe un consenso general en considerar como causas de esta actividad:


  • La desigualdad en la distribución de los recursos naturales.

  •  Las deferencias humanas, principalmente lo relativo a las habilidades.

  •  La división del trabajo.


  • La especialización.  


Bajo ésta tesitura, la necesidad humana de bienes y servicios fue el motor fundamental del comercio. Esta misma necesidad básica del ser humano por lo material constituye la esencia del desarrollo de nuestra cultura.


Así pues, desde la primera Revolución Industrial, en la que aparecieron el ferrocarril y las máquinas de vapor, pasando por la segunda, en la que surgieron las máquinas industriales que permitieron la fabricación de bienes en serie y en masa, y hasta la tercera, que se distingue por el desarrollo de la biotecnología, microelectrónica, robótica y y materiales novedosos, se ha observado una evolución de los medios de producción relacionados íntimamente con la misma evolución de las necesidades del individuo, situación que impacta de manera directa en el comercio exterior.


De esta forma podemos comprender puntualmente que los Estados no pueden subsistir aislados del resto del orbe; tienen que estar vinculados, a fin de satisfacer las necesidades de los individuos. Los procesos de globalización han coadyuvado a esa tarea, y debido precisamente a eso, los Estados han pactado en el terreno internacional convenciones, tratados y acuerdos con el propósito de hacer más fluido el intercambio comercial, lo cual ha implicado la obligación de adecuar los sistemas jurídicos internos, principalmente en materia de comercio exterior y  en materia aduanera, para dar satisfacción a las solicitudes de sus gobernados. Por lo que en consecuencia el Estado debe establecer las condiciones idóneas para que el intercambio comercial no sólo sea interno sino internacional, en óptimas circunstancias y efectivo, además de bajo un marco jurídico que permita su regularización.  

FUENTES




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Reglamento de la Ley Aduanera. Diario Oficial de la Federación, Distrito Federal, 20 de abril de 2015.

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Contrabando de Sustancias Prohibidas https://www.youtube.com/watch?v=lOWjqy-A1js

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